Extintores, Normativas

Matafuegos para autos: ¿qué exige la ley y cuál es la ubicación correcta según la RTO?

Matafuego en vehículo para cumplir con la ley.

Revisar el matafuego de tu auto es un paso clave para aprobar la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) en Mendoza, pero sobre todo para estar protegido ante un principio de incendio en la vía pública.

Existe bastante confusión sobre qué tipo de extintor exige la ley, dónde debe ir ubicado y cuándo caduca. Acá te explicamos todo lo que necesitás saber para circular en regla y sin riesgos.

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¿Qué matafuego exige la Ley de Tránsito para vehículos particulares?

De acuerdo con la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, su Decreto reglamentario 779/1995 y la normativa vigente en Mendoza, los automóviles y camionetas de uso particular (categorías M1 y N1, hasta 1.500 kg) deben llevar obligatoriamente:

  • Capacidad mínima: extintor de 1 kg de polvo químico seco ABC.
  • Potencia extintora: mínima de 3B:C.
  • Manómetro visible: debe indicar que el equipo está presurizado (aguja en la zona verde).
  • Oblea o tarjeta de control vigente: certificación de carga emitida por un taller habilitado.

⚠️ Dato clave: el control de carga tiene vigencia de 1 año. Aunque la aguja del manómetro marque presión en verde, si la oblea o tarjeta está vencida, la RTO se rechaza o queda condicional.

¿Cuál es la ubicación correcta dentro del vehículo?

La normativa exige que el matafuego esté en el habitáculo, al alcance del conductor y correctamente asegurado, de forma que no represente un riesgo para los ocupantes.

  1. Ubicación recomendada: debajo del asiento del acompañante, que es donde suele venir preparado el soporte de fábrica.
  2. Soporte metálico obligatorio: no está permitido llevar el matafuego suelto en el baúl ni sin sujetar. Debe ir fijado con un soporte metálico que resista impactos, frenadas bruscas o vuelcos.
  3. Prohibidas las abrazaderas elásticas y soportes no homologados: los sistemas de sujeción con bandas elásticas o materiales plásticos no garantizan que el matafuego se mantenga en su lugar ante una colisión, y no cumplen con la normativa.
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¿Qué pasa si no tengo matafuego o está vencido?

No llevar matafuego, o llevarlo vencido, equivale a no tenerlo para la ley. Es motivo de rechazo directo en la RTO y de multa por infracción a la Ley 24.449 (entre 30 y 100 unidades fijas, según la provincia), además del riesgo real de no contar con protección ante un principio de incendio.

Mantenimiento y vencimiento: ¿cuándo hay que hacer el service?

Controlar el matafuego de tu auto lleva minutos, pero evita multas y sorpresas en la ruta:

  • Control mensual: verificá que la aguja no haya caído a la zona roja (pérdida de presión).
  • Mantenimiento anual: una vez al año hay que hacer la recarga de matafuegos con control de carga.
  • Prueba hidráulica: cada 5 años se debe realizar la prueba de resistencia del cilindro.

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